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El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial examina a España

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Los pasados 26 y 27 de abril tuvieron lugar las sesiones del examen de los informes periódicos 24º a 26º del Estado español ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de Naciones Unidas. Los miembros del Comité tuvieron en cuenta, a la hora de elaborar sus preguntas a la delegación española, los informes paralelos elaborados por organizaciones de la sociedad civil, entre los que se encuentra el informe de Rights International Spain (también está disponible un resumen en esta entrada del #BlogRIS). A la espera de que, en las próximas semanas, se publiquen las observaciones finales y recomendaciones del Comité -de las que daremos debida cuenta- a continuación relatamos brevemente algunos de los temas abordados y las respuestas de la delegación española a lo largo de las sesiones.

Devoluciones en caliente desde Ceuta y Melilla

La cuestión de las devoluciones sumarias desde las fronteras de Ceuta y Melilla, recientemente “legalizadas” por la Ley de Seguridad Ciudadana, fue una de las cuestiones que suscitó más interés entre los miembros del Comité. Preocupaba, sobre todo, que no se estuviese respetando el derecho al asilo y que se estuviese devolviendo a personas sin valorar individualmente el riesgo de que vayan a ser sometidas a torturas. Fue llamativa la respuesta de los representantes de las autoridades españolas, que aseguraron, por un lado, que la normativa era necesaria dadas las especiales características geográficas de Ceuta y Melilla (al ser la “única frontera entre África y la Unión Europea”), pero que se estaban respetando los derechos de todas las personas, también en esas fronteras. Si esto fuera así cabe preguntarse para qué se aprobó una normativa específica para las personas que entran en territorio español por estas fronteras, dejándoles sin acceso a un proceso justo con todas las garantías (abogado, intérprete, etc.).

Uso de la fuerza por los agentes presentes en las fronteras: el caso del Tarajal

También fue objeto de preocupación de los miembros del Comité el uso indebido de la fuerza por parte de los agentes encargados de vigilar las fronteras de Ceuta y Melilla, haciendo especial hincapié en el caso de las muertes en el Tarajal en febrero de 2014. Pese a que todavía no se haya resuelto el recurso de las acusaciones populares frente al archivo, sorprendió la defensa realizada por una miembro del Consejo General del Poder Judicial acerca de la respuesta de los agentes del la Guardia Civil aquel día. En cualquier caso, los miembros del Comité manifestaron su inquietud por el archivo del proceso, sin que se haya realizado una investigación efectiva, dando lugar a impunidad con la que parecía que iba a zanjarse el asunto. También recalcaron la necesidad de que se establezcan mecanismos independientes de supervisión de las actuaciones policiales, incluyendo los agentes de fronteras.

Uso de perfiles étnicos por parte de la policía

Como ya lo hiciera en su anterior examen a España, el Comité mostró preocupación por el uso de perfiles étnicos o raciales por parte de la policía a la hora de realizar controles tales como identificaciones, registros o cacheos. La delegación del Estado español explicó la reforma introducida por la Ley de Seguridad Ciudadana en esta materia que establece el principio de no discriminación en la práctica de identificaciones. No obstante, desde el Comité se subrayó que esta reforma había resultado ser insuficiente y animó a tomar medidas más decididas para erradicar estas prácticas.

Políticas antiterroristas

El Comité preguntó a la delegación española acerca de las reformas en materia de lucha contra el terrorismo y de las implicaciones que podían tener en cuanto a una posible estigmatización de algunas comunidades. En este sentido, hubo una referencia expresa a iniciativas como las de la página web www.stopradicalismos.org, por medio de la cual cualquier persona puede hacer un denuncia de forma totalmente anónima para notificar posible casos de “radicalización” (con independencia de que sean o no constitutivos per se de delitos), cuando para el resto de denuncias se prohíben las denuncias anónimas. Como ya denunciamos en nuestro informe, este tipo de prácticas pueden llevar al hostigamiento injustificado (e ineficaz en la lucha contra el terrorismo) de las comunidades árabe y musulmana.

Falta de datos sobre la composición étnica de la población española

Como viene siendo costumbre cuando examinan al Estado español organismos especializados en la lucha contra la discriminación, se volvió a recomendar a las autoridades que recojan datos sobre la composición étnica de la población española a fin de valorar el grado de integración de todos los grupos así como de diseñar políticas para combatir el racismo de manera más eficaz. La negativa de las autoridades españolas a cubrir esta laguna histórica en la lucha contra la discriminación se volvió a hacer patente.

Detención de personas migrantes en Centros de Internamiento de Extranjeros

El Gobierno español se refirió a la aprobación del Reglamento sobre Funcionamiento de los CIE como un gran avance en el reconocimiento de los derechos de las personas internas. Sin embargo, la realidad es que su regulación es tan deficiente que algunos de los artículos han sido anulados por el Tribunal Supremo. En cualquier caso, los miembros del Comité expresaron sus preocupaciones por los malos tratos que se producen en su interior y las graves deficiencias, que incluso han llevado a la muerte de algunas personas. Un experto del Comité preguntó en concreto sobre el caso de Samba Martine, a lo que un representante del Ministerio del Interior contestó que había fallecido de meningitis “como muchas otras personas españolas que no están privadas de libertad”. Se silenció, en cambio, que la autopsia y posterior investigación revelaron que esta persona estaba enferma de SIDA, sin que se le diagnosticase ni en el CETI de Melilla donde había estado antes de ser internada en el CIE de Madrid, ni el propio CIE, donde acudió al servicio médico hasta en once ocasiones. En cualquier caso, en palabras de uno de los miembros del Comité, España debería dar pasos para cerrar estos centros al no tratarse de la política de control migratorio más adecuada.

Segregación de alumnado gitano y migrante en centros escolares

Por parte del Comité también se preguntó por los indicios de que hubiese centros escolares con un número desproporcionado de personas migrantes y gitanas. Ello podría indicar que se estuviese incurriendo en algún tipo de discriminación indirecta que se estuviese traduciendo en una segregación escolar de facto. Sobre esta cuestión no hubo respuesta por parte de la delegación española.

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